El Congreso de Morelos aprobó recientemente una reforma al Código Penal estatal para tipificar como delito la creación y difusión de imágenes, audios o videos íntimos sin consentimiento utilizando inteligencia artificial (IA). Las penas van desde 4 hasta 8 años de prisión y multas de hasta 2,000 UMAs, y se duplican —de 8 a 16 años con multas de hasta 4,000 UMAs— en casos donde la víctima sea una mujer.
La diputada Eleonor Martínez Gómez fue la impulsora de la iniciativa, presentada en marzo y que obtuvo el respaldo unánime con 17 votos a favor. En su exposición, hizo hincapié en que la violencia digital “personaliza la agresión hacia la intimidad y dignidad de las mujeres” al utilizar tecnologías como las deepfakes sin autorización.
“La creación de contenidos íntimos falsos con IA no es una broma: puede devastar vidas y exige una sanción estricta”, expresó Martínez durante la sesión legislativa.
La propuesta reforma el artículo correspondiente del Código Penal, incluyendo lenguaje específico para contemplar la generación y difusión de pornografía simulada mediante IA. La norma se alinea con la llamada “Ley Olimpia”, vigente en el país, que también tipifica la violencia digital y busca proteger los derechos sexuales y reproductivos.
La iniciativa fue aprobada en comisiones en marzo y formalmente ratificada hace días. Se espera que entre en vigor pronto, tras su publicación oficial, y comience a surtir efectos legales. Legisladores señalaron que esta reforma refuerza la protección frente a nuevas formas de abuso mediático digital.
Impacto y seguimiento
Se prevé que esta modificación envíe un mensaje claro a quienes utilizan herramientas digitales para hostigar, extorsionar o denigrar a personas, especialmente mujeres, mediante material audiovisual falso. La diputada Martínez adelantó que continuarán las acciones para ampliar el alcance y proteger a grupos vulnerables.








